¿Qué es la Ley del Mono? conozca más en el presente artículo

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Por: Arquitecto Juan Toro Bruna

Se trata de una ley que establece procedimientos especiales para regularizar determinadas viviendas que han sido construidas sin el respectivo PERMISO DE EDIFICACIÓN, exigencia establecida en el art. 116 del  la LGUC (Ley general de urbanismo y construcciones), o que no cuentan con la recepción de obras.

La ley 20.898 publicada el 4 de febrero de 2016 tuvo una vigencia de 3 años, hasta el 4 de febrero de 2019, y consideraba viviendas de hasta 90m2 y 140m2, locales destinados a microempresas inofensivas, incluidos los locales comerciales sin expendio de bebidas alcohólicas de hasta 250m2 y las edificaciones destinadas a equipamiento social  de hasta 400m2.

Posteriormente, con fecha 31 de enero de 2019 se publicó la ley 21.141 que amplió el plazo para regularizar viviendas de hasta 90m2 y 140m2 hasta el 4 de febrero de 2022. Estas viviendas se pueden regularizar siguiendo los mismos procedimientos que con la Ley 20.898, esto es:

1.- Las edificaciones deben haber sido construidas con anterioridad al 04.02.2016, lo cual deberá certificarse mediante planos anteriores aprobados por la DOM, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales u otros similares.

2.- La normativa rige para viviendas de áreas tanto urbanas como rurales.

3.- NO deben estar emplazadas en áreas de riesgo, o estar afectos a utilidad pública o emplazadas en bienes nacionales de uso público y deben estar en zonas residenciales definidas por el plan regulador respectivo.

4.- NO tener reclamaciones escritas pendientes ante la DOM o el juzgado de policía local por incumplimiento de normas urbanísticas.

5.- En caso de viviendas en “condominios” o acogidas a la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, deberán contar con la respectiva autorización de la asamblea de copropietarios.

6.- No es requisito para esta Ley la obtención del certificado de Informaciones Previas (CIP).

7.- El avalúo se verificará mediante la presentación de un Certificado de avalúo detallado emitido por el servicio de impuestos internos.

Dejamos un enlace: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1087285

El Arquitecto Juan Toro Bruna atiende en la calle Ramírez 934, Oficina 11 interior Galería Reina, Vallenar Centro. Su teléfono de contacto es el +56 9 8443 0719

 

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